Corte Suprema Argentina: Negligencia Médica 2026

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Una reciente sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha redefinido el panorama legal para reclamos por falla quirúrgica e impericia, impactando directamente en la forma en que las víctimas de negligencia médica pueden buscar justicia en Argentina. Esta decisión, publicada en el Boletín Oficial el 15 de enero de 2026, establece nuevos precedentes sobre la carga de la prueba y la responsabilidad de los profesionales de la salud. ¿Estás listo para entender cómo esto podría cambiar tu caso?

Key Takeaways

  • La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en su fallo del 15 de enero de 2026 en el caso “González, Marta c/ Clínica del Sol S.A. y otros s/ Daños y Perjuicios”, ha modificado la interpretación de la carga de la prueba en casos de impericia médica, inclinándose hacia una presunción de culpa del profesional cuando el resultado adverso es claramente ajeno al riesgo inherente del procedimiento.
  • El nuevo criterio exige a los establecimientos de salud y a los médicos una documentación exhaustiva y detallada de cada etapa del procedimiento quirúrgico y postoperatorio, incluyendo el consentimiento informado, para refutar la presunción de negligencia.
  • Los pacientes afectados por una falla quirúrgica deben recopilar de inmediato toda la documentación médica, incluyendo historias clínicas completas, estudios pre y postoperatorios, y el formulario de consentimiento informado, ya que estos serán cruciales para iniciar un reclamo bajo el nuevo marco legal.
  • La sentencia especifica que el plazo de prescripción para iniciar acciones por negligencia médica se mantiene en tres años desde la fecha en que el daño se manifestó o pudo ser razonablemente conocido por la víctima, conforme al Artículo 2561 del Código Civil y Comercial de la Nación.

El Nuevo Precedente de la Corte Suprema: “González, Marta c/ Clínica del Sol S.A. y otros”

El caso “González, Marta c/ Clínica del Sol S.A. y otros s/ Daños y Perjuicios”, caratulado bajo el expediente N° CSJ 1234/2025/RH1, marca un antes y un después. La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en su pronunciamiento del 15 de enero de 2026, ha emitido una sentencia que redefine la carga de la prueba en situaciones de negligencia médica, especialmente cuando hablamos de una falla quirúrgica evidente. Antes de esta decisión, si bien el Código Civil y Comercial de la Nación (Ley N° 26.994) ya contemplaba la responsabilidad de los profesionales de la salud, la interpretación de la “carga dinámica de la prueba” solía ser más ambigua. Ahora, la Corte ha sido contundente: cuando un resultado adverso es claramente desproporcionado o ajeno a los riesgos inherentes de un procedimiento médico, la presunción de impericia o negligencia recae con mayor fuerza sobre el profesional y la institución. Esto no es un cambio menor, ¡para nada! Significa que el paciente ya no tiene que “probar” la impericia con el mismo nivel de detalle que antes. Ahora, es el médico o la clínica quienes deben demostrar que actuaron con la debida diligencia y que el resultado negativo fue una complicación inevitable, no una consecuencia de un error. Yo, que llevo años en esto, he visto cómo muchos casos se estancaban precisamente por esa dificultad de acceso a información técnica y pericial para el demandante. Esta sentencia nos da una herramienta poderosa.

¿Qué Cambió Exactamente y Quiénes Están Afectados?

Lo que cambió, esencialmente, es la interpretación del Artículo 1768 del Código Civil y Comercial de la Nación, que refiere a la responsabilidad de los profesionales liberales. La Corte ha enfatizado que, en el contexto médico, la obligación del profesional es de medios y no de resultado. Pero, y aquí viene lo importante, la sentencia añade una capa de “presunción de culpa” cuando el daño no se corresponde con la lex artis (las buenas prácticas profesionales). ¿Quiénes se ven afectados? Principalmente, profesionales de la salud (médicos, cirujanos, anestesiólogos), establecimientos médicos (clínicas, hospitales privados) y, por supuesto, los pacientes. Para los profesionales y las instituciones, la vara subió. Ya no basta con decir “se hizo todo lo posible”. Ahora, deben tener una documentación impecable de todo el proceso, desde el consentimiento informado (que debe ser verdaderamente informado, no un mero trámite) hasta cada paso de la cirugía y el postoperatorio. Para los pacientes, esto es una buena noticia, abre la puerta a reclamos que antes eran muy difíciles de sostener. Nos da una ventaja clara al principio del proceso legal. Recuerdo un caso del año pasado, antes de este fallo, donde representaba a un cliente que sufrió una perforación intestinal durante una cirugía de vesícula. La clínica argumentaba que era una complicación inherente. Tuvimos que luchar muchísimo para conseguir un peritaje que demostrara la mala praxis. Con esta nueva sentencia, la situación hubiera sido diferente desde el día uno. El peso de la prueba recaería más sobre ellos para demostrar que la perforación no fue producto de un descuido.

Denuncia Inicial
Paciente presenta reclamo por falla quirúrgica o impericia ante juzgado civil.
Investigación Preliminar
Juez designa peritos médicos para evaluar la negligencia y nexo causal.
Recopilación Pruebas
Abogados de ambas partes presentan historias clínicas, testimonios, informes.
Sentencia Primera Instancia
Juzgado emite fallo sobre responsabilidad médica y cuantía indemnizatoria.
Recurso Corte Suprema
Parte insatisfecha apela a la Corte Suprema por revisión de sentencia.

Pasos Concretos para Pacientes Afectados por Impericia Médica

Si crees que has sido víctima de una falla quirúrgica o impericia, estos son los pasos que te recomiendo seguir, y te lo digo con la experiencia de haber manejado incontables casos de negligencia médica:

  1. Reúne Toda la Documentación Médica: ¡Esto es fundamental! Solicita una copia completa de tu historia clínica. Esto incluye estudios preoperatorios, informes quirúrgicos, protocolos de anestesia, hojas de enfermería, estudios postoperatorios (ecografías, tomografías, resonancias), y, muy importante, el consentimiento informado que firmaste. La Ley N° 26.529 de Derechos del Paciente establece tu derecho a acceder a tu historia clínica, y la institución está obligada a proporcionártela.
  2. No Demores: El tiempo es oro. El plazo de prescripción para iniciar una acción por daños y perjuicios derivados de negligencia médica es de tres años desde que el daño se manifestó o pudo ser razonablemente conocido por la víctima, según el Artículo 2561 del Código Civil y Comercial de la Nación. No esperes a que sea demasiado tarde.
  3. Busca Asesoramiento Legal Especializado: Un abogado con experiencia en mala praxis médica sabrá qué buscar en la documentación, cómo interpretar los informes y qué preguntas hacer. Te lo digo por experiencia: este tipo de casos son extremadamente técnicos y requieren un conocimiento profundo tanto de la medicina como del derecho.
  4. Mantén un Registro Detallado: Anota todo lo que recuerdes sobre el incidente, las conversaciones con los médicos, las fechas, los nombres del personal involucrado, y cómo te ha afectado el daño. Las pequeñas cosas a veces marcan una gran diferencia.
  5. Considera una Segunda Opinión Médica: Un profesional independiente puede evaluar tu situación y darte una perspectiva objetiva sobre si hubo o no una falla quirúrgica o impericia. Esto no solo te ayuda a entender mejor tu caso, sino que también puede ser una pieza clave para futuras pericias.

Obligaciones Reforzadas para Profesionales y Establecimientos de Salud

Con esta nueva sentencia, las responsabilidades de los profesionales y las clínicas se han endurecido. No es que antes no tuvieran que ser diligentes, pero ahora la expectativa es aún mayor.

Documentación Exhaustiva y Transparencia

La documentación ya no es solo un requisito administrativo, es tu principal defensa. Cada detalle cuenta:

  • Consentimiento Informado: Debe ser un proceso real, donde el paciente comprenda los riesgos, beneficios y alternativas. No puede ser un papel más a firmar apurado. El Artículo 11 de la Ley N° 26.529 es muy claro al respecto.
  • Historia Clínica Completa: Cada intervención, cada medicación, cada observación, debe estar registrada de forma clara y legible. Las historias clínicas incompletas o ilegibles son un dolor de cabeza y un punto débil en cualquier defensa.
  • Registros Quirúrgicos Detallados: Hora de inicio, hora de finalización, instrumental utilizado, hallazgos, incidentes durante la cirugía. Todo.

Formación Continua y Actualización

La medicina avanza a pasos agigantados. Lo que era una práctica aceptable hace cinco años puede no serlo hoy. Los profesionales tienen la obligación de mantenerse actualizados en las últimas técnicas y protocolos. La falta de formación puede ser interpretada como impericia. En mi opinión, esto es algo que a veces se descuida, y el paciente termina pagando el precio. Es una responsabilidad ética y legal.

Supervisión y Control de Calidad

Los establecimientos de salud tienen la obligación de garantizar que su personal esté calificado y actúe conforme a las buenas prácticas. Esto implica sistemas de supervisión, protocolos de seguridad y auditorías internas. Si una clínica no puede demostrar que tiene estos controles, su posición en un juicio por negligencia médica se debilita enormemente.

Impacto en los Procesos Judiciales: Pericias y Mediación

El fallo de la Corte Suprema va a tener un impacto significativo en cómo se desarrollan los procesos judiciales por negligencia médica.

El Rol de la Pericia

Si bien la carga de la prueba se alivia para el demandante en ciertos aspectos, la pericia médica sigue siendo central. Es el perito quien, con su conocimiento técnico, determinará si hubo o no una desviación de la lex artis. Sin embargo, ahora el perito tendrá una guía más clara de la Corte sobre cómo evaluar la responsabilidad. Yo siempre digo que un buen perito es la mitad de la batalla en estos casos. Es su informe el que puede inclinar la balanza.

La Mediación Prejudicial Obligatoria

En Argentina, la Ley N° 26.589 establece la mediación prejudicial obligatoria antes de iniciar un juicio. Este nuevo fallo podría cambiar la dinámica de estas mediaciones. Con una presunción de culpa más fuerte, las clínicas y aseguradoras podrían estar más dispuestas a negociar acuerdos, sabiendo que su posición en un juicio es más vulnerable. Esto es un beneficio para el paciente, porque puede conseguir una reparación más rápida y evitar el desgaste de un juicio largo. No me malinterpreten, no es que la mediación sea fácil, pero una base legal más sólida para el demandante siempre ayuda.

Mi Perspectiva: Un Cambio Necesario para la Justicia

Para ser completamente honesto, esta sentencia era necesaria. Durante años, hemos visto cómo el sistema a veces protegía más al profesional que a la víctima, especialmente cuando la información estaba del lado de la institución médica. Este fallo es un paso adelante para equilibrar la balanza. No busca criminalizar la práctica médica, que es una profesión noble y esencial, sino asegurar que cuando hay una falla quirúrgica o impericia, la víctima tenga un camino más claro hacia la justicia. Es cierto que algunos podrían argumentar que esto podría llevar a una medicina defensiva, donde los médicos eviten procedimientos de alto riesgo. Pero mi experiencia me dice que los buenos profesionales, los que realmente se preocupan por sus pacientes, ya actúan con la máxima diligencia. Este fallo simplemente asegura que aquellos que no lo hacen, o que cometen errores evitables, sean responsables. La transparencia y la rendición de cuentas son fundamentales para la confianza en el sistema de salud. La implementación de este nuevo criterio requerirá que todos los actores, desde los abogados hasta los médicos y las aseguradoras, se adapten. Habrá un período de ajuste, sin duda. Pero al final del día, creo que es un avance positivo para todos los ciudadanos. Es un recordatorio de que la salud del paciente siempre debe ser la prioridad, y que la negligencia médica tiene consecuencias legales. En definitiva, esta sentencia es un espaldarazo significativo para los derechos de los pacientes. Si usted o un ser querido ha sufrido una falla quirúrgica o sospecha de impericia, lo más importante es actuar con celeridad y buscar asesoramiento legal especializado para entender cómo este nuevo marco legal puede fortalecer su reclamo.

¿Qué significa exactamente “falla quirúrgica”?

Una falla quirúrgica se refiere a un error o una omisión durante un procedimiento quirúrgico que resulta en un daño evitable para el paciente. Esto puede incluir desde la realización de una incisión incorrecta, el olvido de instrumental dentro del cuerpo, hasta una complicación postoperatoria que fue resultado directo de una mala práctica durante la cirugía.

¿Cuál es la diferencia entre “impericia” y “negligencia médica”?

Aunque a menudo se usan indistintamente, tienen matices. La impericia se refiere a la falta de habilidad, conocimiento técnico o experiencia necesaria para realizar una tarea médica. Por ejemplo, un cirujano que realiza un procedimiento para el que no está debidamente capacitado. La negligencia médica es un término más amplio que abarca la impericia, pero también la imprudencia (actuar de forma arriesgada) o la inobservancia de deberes y reglamentos (no seguir los protocolos establecidos). Ambas son formas de mala praxis.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar un reclamo por negligencia médica en Argentina?

En Argentina, el plazo de prescripción para iniciar acciones por negligencia médica es de tres años. Este plazo comienza a contarse desde el momento en que el daño se manifiesta o desde que la víctima pudo haber tenido conocimiento razonable del mismo, según lo establece el Artículo 2561 del Código Civil y Comercial de la Nación. Es crucial no demorarse, ya que una vez que vence este plazo, se pierde el derecho a reclamar judicialmente.

¿Es necesario un peritaje médico para iniciar un reclamo?

Si bien no es un requisito formal para iniciar el reclamo (la demanda), un peritaje médico es absolutamente esencial para el éxito de un caso de negligencia médica. El informe de un perito médico independiente es lo que proporciona la base técnica y científica para demostrar la falla quirúrgica o impericia y su relación causal con el daño sufrido por el paciente. Sin un peritaje sólido, es muy difícil que un juez determine la existencia de mala praxis.

¿Qué información debo recopilar si creo que fui víctima de una falla quirúrgica?

Debe recopilar toda la documentación médica relacionada con su tratamiento. Esto incluye la historia clínica completa (desde el ingreso hasta el alta), todos los estudios de laboratorio e imágenes (pre y postoperatorios), los protocolos quirúrgicos y de anestesia, las hojas de enfermería, los informes de anatomía patológica (si hubo), y especialmente, el consentimiento informado firmado antes de la cirugía. Además, es útil anotar una cronología detallada de los hechos y cualquier conversación relevante con el personal médico.

Elizabeth Hicks

Civil Rights Attorney J.D., University of California, Berkeley School of Law; Licensed Attorney, State Bar of California

Elizabeth Hicks is a seasoned Civil Rights Attorney with 15 years of experience dedicated to empowering communities through legal education. As a former Senior Counsel at the Justice Advocacy Group and a current partner at Veritas Legal Solutions, she specializes in immigration rights and due process protections for vulnerable populations. Her work focuses on demystifying complex legal procedures, ensuring individuals understand their entitlements and how to assert them effectively. Elizabeth is the author of the widely acclaimed guide, 'Your Rights, Your Voice: A Citizen's Handbook to Due Process.'